LA INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS ESTABLECE EL SIGUIENTE PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE MATRICULAS
Inscripción de Martilleros y Corredores Públicos:
A) Nota de solicitud de inscripción dirigida al Inspector General de Personas Juridicas de Río Negro o los Inspectores Regionles, según Corresponda. Datos personales (nombre completo, DNI, fecha y lugar de nacimiento, CUIT/CUIL, domicilio real y legal denunciado, localidad, cód. Postal, teléfono, mail), Sellado de Inicio de tramites. Código: 5.1 - Ver Tasas Retributivas.
B) Copia certificada de la 1° y 2° hoja del D.N.I.
C) Copia Certificada del Titúlo Universitario habilitante.
D) Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, acreditando la inexistencia de antecedentes penales.
E) Certificado de Antecedentes emitido por la autoridad policial de jurisdicción donde corresponda su inscripción.
F) Constancia de domicilio emitido por la autoridad policial de la jurisdicción donde corresponda su inscripción.-
G) Prueba fehaciente de residir con mas de un (1) año de antiguedad en la provincia de Río Negro en el supuesto de registrar otro domicilio en el D.N.I.
H) Certificado libre inhibición emitido por e Registro de la Propiedad Inmueble de Río Negro.
I) Constituir una garantía real o personal a la orden de la Inspección General de Personas Jurídicas, equivalente al importe de diez (10) sueldos de la categoría mínima correspondiente al personal de la Administración Publica Provincial, según el monto informado anualmente por el Consejo de la Función Publica de la provincia de Rio Negro. Las mismas deberán renovarse cada cinco (5) años. Se podrá optar por las siguientes modalidades: a) SEGURO DE CAUCIÓN: (se renueva cada año) por el monto especificado en el párrafo anterior; b) FIANZA PERSONAL DE TERCERA PERSONA: Con domicilio real en la provincia, certificado de libre inhibiciones del Registro de la Propiedad Inmueble, declaración jurada de bienes de AFIP o titulo de propiedad de inmueble a nombre propio por avalúo fiscal igual o superior al monto especificado ut-supra; c) GARANTÍA REAL: A nombre del titular de la inscripción solicitada.-
J) Cuatro (4) fotos carnet.
K) La publicación en debido tiempo y forma en el Boletín Oficial por un (1) día del profesional a matricularse como asi tambien publiación en el Diario de mayor circulación de la zona.
L) Presentacion de los Libros a Rubricar: Código: 5.2 Rubrica: Ver Tasas Retributivas
Diario de Entradas
Diario de Salidas
Cuentas de Gestión
M) comprobantes de pago de las tasas retributivas de servicis a nombre de quien lo solicita.-
Para el cambio de domicilio a otra jurisdicción dentro de la provincia de Rio Negro, se requiere:
A) Nota con los datos de inscripción y la denuncia del nuevo domicilio con firma certificada por Escribano Público, el Inspector General de Personas Jurídicas de Rio Negro o los Inspectores Regionales, según corresponda.-
B) Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, acreditando la inexistencia de antecedentes penales.-
C) La publicación en tiempo y forma por un (1) día, en el Boletín Oficial y en el Diario de mayor circulación de la zona.-
D) Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita.-
Si esta ejerciendo en otra provincia, deberá presentar ademas de los requisitos.mencionados en el articulo 1º de esta Resolución, la siguiente documentación:
A) Certificado del Colegio de Martilleros y Corredores, de la jurisdicción donde corresponda, donde conste que el profesional se encuentra en situación regular y que no posee ninguna sanción disciplinaria.
B) Constancia del Registro Público de la Provincia donde está ejerciendo
CANCELACIÓN DE MATRICULAS
Aº) Nota dirigida al Inspector General o Regional, solicitando el cese de las actividades con los datos de inscripción de la matrícula certificada notarialmente o ante la IGPJ o Regional según corresponda.-
Bº) Comprobante de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita. Ver tasas Retributivas.
Cº) Libro para cierre de actividades.
Dº) Nota de cese de actividades emitido por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la jurisdicción que corresponda.
Disposición Según Resolución N°474/23